En caso de fallecimiento del asociado o algún miembro de su grupo familiar básico, Fedehaceb otorga un auxilio así:
Dos salarios (2) S.M.M.L.V., por la muerte de un miembro del grupo familiar básico previamente registrado en la base de Datos de Fedehaceb.
Dos salarios (2) S.M.M.L.V., por la muerte de un miembro del grupo familiar básico previamente registrado en la base de Datos de Fedehaceb.
Requisitos
- Registro de Defunción expedido por la Registraduría